¿Divorcio contencioso o de mutuo acuerdo?

QUE NO TE VENDAN LA MOTO


A día de hoy son muchos clientes lo que vienen al despacho preocupados por la falta de entendimiento con su expareja o exmarido/exmujer en lo que al divorcio o disolución de la pareja de hecho se refiere. La realidad es que estos procedimientos judiciales aunque deben regularizarse por vía judicial o notarial tiene una gran carga emocional, especialmente cuando hay menores en común. Por ello es importante estudiar con un profesional que hacer con nuestro futuro en todos los sentidos y tratar de buscar el entendimiento con la expareja.


En este artículo te damos 5 TIPS que te pueden ayudar a entender como funcionan los procedimientos judiciales de familia:


1. El procedimiento de separación/divorcio y de regularización de guardia/custodia de parejas de hecho son los más comunes y son muy parecidos a nivel jurídico, en estos procedimientos se estipulan las relaciones de esa unidad familiar en caso de falta de entendimiento. Para posteriores cambios acudiremos a un procedimiento de modificación de medidas definitivas. En estos procedimientos es necesario abogado y procurador.


2. Siempre es recomendable que el procedimiento judicial se encause de mutuo acuerdo, no solo porque se tramitará más rápidamente, sino porque también podremos confeccionar las relaciones familiares, a través de lo que se llama el convenio regulador y el plan de parentalidad a medida, y de forma mucho más detallada.


3. Tanto en un procedimiento de mutuo acuerdo como contencioso, Jueces y Fiscales, priman siempre el interés de los menores sobre el propio interés de los adultos, por ello es bueno asesorarse con un buen profesional sobre nuestro futuro en este sentido.


4. De entre las varias conocidas pensiones de estos procedimientos de filiación y familia, quiza la más importante es la pensión de alimentos y existe una falsa creencia de que la custodia compartida exime automaticamente del pago de la misma al progenitor-alimentante obligado a ello en un primer momento.


5. Sobre si se debe mantener o no a los hijos mayores de edad, habrá que ver cada caso puntualmente, pero si nuestros hijos apuestan por seguir estudiando y sacan buenas notas después de los 18 años muy probablemente tengamos que mantener esas pensiones de alimentos para garantizar que terminan los estudios superiores comenzados.


***En derecho de familia se hacen “trajes a medida”, consultar siempre a un experto para ver su caso, este artículo jurídico es solo orientativo, en nuestro despacho tenemos expertos en la materia, elisabetmiras@icasbd.org***